Con el fin de garantizar las herramientas legales necesarias para combatir la corrupción y la impunidad en el país, los diputados de la Comisión Justicia y Derechos Humanos de la Nueva Asamblea Legislativa dieron luz verde para reformar el artículo 13 de la Ley de Oscuros de Gracia, con el fin de impedir que personas condenadas por homicidios, corrupción o vínculos con grupos terroristas salgan de la cárcel a través del indulto.
Con 77 votos a favor, el pleno legislativo aprobó el dictamen que remetió la comisión de Justicia para reformar la Ley Especial de Oscuros de Gracia, dicha modificación consiste en que quienes han sido sentenciados por delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, homicidio simple o agravado, feminicidio, delitos sexuales, a la libertad, al sistema constitucional, y a los de la administración pública, ya no podrán solicitar la gracia de indulto conferida por la Asamblea Legislativa.
El dictamen explicaba que se reformaría el artículo 13 de la ley, y a su vez se adicionaba el artículo 13-A, para incluir a los funcionarios que ya tienen una sentencia ejecutoriada por delitos relativos a la administración pública (corrupción), y las personas de las que se demostrase su vinculación con pandillas o cualquier otro grupo terrorista.
Para llegar a este dictamen favorable la mesa legislativa escuchó la opinión del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública. Los representantes de la entidad señalaron que, con las reformas, las personas que hayan cometido los delitos estipulados no podrán burlar la justicia al adherirse a mecanismos legales a su beneficio.
Los diputados explicaron que esta reforma va en sintonía con las acciones en materia de seguridad que desde el Ejecutivo se han impulsado, como el Plan Control Territorial y el régimen de excepción, aprobados por el 95 % de la población.
La diputada de Nuevas Ideas, Rebeca Santos y presidenta de la comisión expresó que la iniciativa surgió tras hallar expedientes que reflejaron personas que cometieron delitos graves y que solicitaban indultos para no completar su pena en prisión.
El Órgano Legislativo, por mandato constitucional en el inciso 26 del artículo 131, tiene la potestad de otorgar gracia de indulto a un sentenciado por cualquier delito, sin importar la gravedad de este. Con la reforma, para condenados por los delitos antes mencionados ya no se habrá esa posibilidad, y la gracia de indulto solo será aplicable a delitos leves.